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Mentores de la
Iniciativa
¡El Dorado Pez de interés nacional!
Índice del Informe completo.
1.- Resumen
2.-
Pez de interés nacional.
3.- Las capturas.
4.-
Marco legal.
5.-
La depredación.
6.-
Conclusiones
7.- Bibliografía.
Pez de interés nacional.
En la XVIII Asamblea Ordinaria del Consejo Federal del Medio Ambiente reunida el
30 de septiembre de 1996 en esta Capital Federal, se convalidó el acta de la
Primera Reunión sobre Conservación de los Recursos Acuáticos de la Cuenca del
Plata que había tenido lugar en la ciudad de Santa Fe cinco días antes. Allí se
propuso reafirmar la declaración del Dorado como pez de interés nacional en toda
su área de distribución.
La entonces Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable (hoy
Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental) al reconocer que esta
especie forma parte del patrimonio cultural de las provincias de la Cuenca
dictó, con tal motivo, la Resolución 29/97 en la que destacó “la particular
importancia que tiene el Dorado entre las diversas especies de la fauna acuática
de la Cuenta del Plata, dadas sus excepcionales características para la pesca
deportiva reconocidas a nivel internacional” señalando “que la actual presión de
pesca y el progresivo deterioro de la calidad ambiental dentro de su rango de
distribución geográfica, han determinado cambios en la estructura poblacional de
esta especie” y “promoviendo el ordenamiento y armonización de las normativas
provinciales y nacionales a fin de asegurar su conservación”.
Lamentablemente, muy poco se ha avanzado en el ámbito oficial desde la reunión
de la XVIII Asamblea a la fecha, sobresaliendo el contrasentido que destaco con
estupor mediante el cual las exportaciones de Dorado, que el año en que se
aconsejó su protección declarándoselo PEZ DE INTERÉS NACIONAL (1996), habían
alcanzado las 327 toneladas aumentaron a 543 toneladas (el 66 % más) para 1997.
Hubiese sido preferible que ni la tan importante Asamblea ni la Secretaría de
Desarrollo Sustentable y Política Ambiental se acordaran del Dorado ya que, si
el mismo pudiera expresarse, seguramente diría : “con amigos así no hacen falta
enemigos”.
Por ello el objetivo de este trabajo es alertar acerca de la depredación que
está siendo objeto esta especie a consecuencia de capturas indiscriminadas con
modernos métodos de pesca.
El Dorado no tiene en el río ningún enemigo. Únicamente suelen atacarlo algunos
parásitos nematodes y trematodes y ciertos crustáceos que se fijan en su
paladar.
Es poderoso, fuerte y un bravío luchador, de ahí que se lo conozca con el mítico
sobrenombre de tigre del río, reflejo de los épicos relatos de los isleños del
Delta y los isleros de Las Lechiguanas río arriba, mencionando siempre el ardor
de su defensa y la dura batalla que libró antes de la captura ..., si se
produjo.
Fuera del agua tiene realmente al más grande enemigo: el hombre.
La Ley Nacional 24.922 establece en el artículo 9º, inc. c , que el Consejo
Federal Pesquero que integran la Nación y las Provincias y que crea la propia
ley, debe instaurar para cada especie la Captura Máxima Permisible en función a
los estudios técnicos proporcionados por el Instituto Nacional de Investigación
y Desarrollo Pesquero (INDEP), a fin de establecer las cuotas de captura anual
por especie y la evolución del caladero constituyendo este tema“el corazón de la
ley 24.922” como factor indispensable para asegurar su sustentabilidad.
En virtud que resulta trascendente la actividad del vertedero para peces de la
represa de Itaipú , la Subsecretaría de Pesca de la Nación conjuntamente con la
Cancillería Argentina, como lo he solicitado formalmente, deberían rever su
eventual funcionalidad pues podría estar actuando negativamente en la migración
de esta especie.
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