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¡El Dorado Pez de interés nacional!


Índice del Informe completo.


1.- Resumen
2.- Pez de interés nacional.
3.- Las capturas.
4.- Marco legal.
5.- La depredación.
6.- Conclusiones
7.- Bibliografía.

 

Pez de interés nacional.

En la XVIII Asamblea Ordinaria del Consejo Federal del Medio Ambiente reunida el 30 de septiembre de 1996 en esta Capital Federal, se convalidó el acta de la Primera Reunión sobre Conservación de los Recursos Acuáticos de la Cuenca del Plata que había tenido lugar en la ciudad de Santa Fe cinco días antes. Allí se propuso reafirmar la declaración del Dorado como pez de interés nacional en toda su área de distribución.

La entonces Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable (hoy Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental) al reconocer que esta especie forma parte del patrimonio cultural de las provincias de la Cuenca dictó, con tal motivo, la Resolución 29/97 en la que destacó “la particular importancia que tiene el Dorado entre las diversas especies de la fauna acuática de la Cuenta del Plata, dadas sus excepcionales características para la pesca deportiva reconocidas a nivel internacional” señalando “que la actual presión de pesca y el progresivo deterioro de la calidad ambiental dentro de su rango de distribución geográfica, han determinado cambios en la estructura poblacional de esta especie” y “promoviendo el ordenamiento y armonización de las normativas provinciales y nacionales a fin de asegurar su conservación”.

Lamentablemente, muy poco se ha avanzado en el ámbito oficial desde la reunión de la XVIII Asamblea a la fecha, sobresaliendo el contrasentido que destaco con estupor mediante el cual las exportaciones de Dorado, que el año en que se aconsejó su protección declarándoselo PEZ DE INTERÉS NACIONAL (1996), habían alcanzado las 327 toneladas aumentaron a 543 toneladas (el 66 % más) para 1997.

Hubiese sido preferible que ni la tan importante Asamblea ni la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental se acordaran del Dorado ya que, si el mismo pudiera expresarse, seguramente diría : “con amigos así no hacen falta enemigos”.

Por ello el objetivo de este trabajo es alertar acerca de la depredación que está siendo objeto esta especie a consecuencia de capturas indiscriminadas con modernos métodos de pesca.

El Dorado no tiene en el río ningún enemigo. Únicamente suelen atacarlo algunos parásitos nematodes y trematodes y ciertos crustáceos que se fijan en su paladar.

Es poderoso, fuerte y un bravío luchador, de ahí que se lo conozca con el mítico sobrenombre de tigre del río, reflejo de los épicos relatos de los isleños del Delta y los isleros de Las Lechiguanas río arriba, mencionando siempre el ardor de su defensa y la dura batalla que libró antes de la captura ..., si se produjo.

Fuera del agua tiene realmente al más grande enemigo: el hombre.

La Ley Nacional 24.922 establece en el artículo 9º, inc. c , que el Consejo Federal Pesquero que integran la Nación y las Provincias y que crea la propia ley, debe instaurar para cada especie la Captura Máxima Permisible en función a los estudios técnicos proporcionados por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INDEP), a fin de establecer las cuotas de captura anual por especie y la evolución del caladero constituyendo este tema“el corazón de la ley 24.922” como factor indispensable para asegurar su sustentabilidad.

En virtud que resulta trascendente la actividad del vertedero para peces de la represa de Itaipú , la Subsecretaría de Pesca de la Nación conjuntamente con la Cancillería Argentina, como lo he solicitado formalmente, deberían rever su eventual funcionalidad pues podría estar actuando negativamente en la migración de esta especie.

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